La Defensoría del Pueblo y el Servicio Plurinacional de la Mujer y la Despatriarcalización (Sepmud) “Ana María Romero” se pronunciaron y denunciaron hechos de violencia.
La convocatoria a Miss y Señorita Santa Cruz 2021, que dio a conocer Promociones Gloria ayer, fue eliminada de las redes sociales y por lo tanto, el casting que antecede al concurso de belleza fue suspendido argumentando que se trata de una decisión ante el incremento de casos de coronavirus COVID-19.
La Defensoría del Pueblo y el Servicio Plurinacional de la Mujer y la Despatriarcalización (Sepmud) “Ana María Romero” criticaron los requisitos para las mujeres interesadas en participar y advirtieron al menos cinco tipos de violencia y vulneraciones a los derechos.
1. Mediante un pronunciamiento, la Defensoría del Pueblo, lamentó que se incurra en violencia simbólica y/o encubierta y se refuerce estereotipos de género y de discriminación afectando a los derechos de las adolescentes y mujeres en general.
“Los mensajes, valores, símbolos, íconos, signos e imposiciones sociales, económicas, políticas, culturales y de creencias religiosas que transmiten, reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres hacen parte de la Violencia Simbólica”, señala el documento.
2. También observó la contradicción con la protección estatal al convocar a adolescentes de 17 años que se encuentran en una etapa de desarrollo integral, y que podría derivar en acciones de hipersexualización, que vulnerarían la integridad sexual y psicológica protegida por el Artículo 148 de la Ley N° 548, Código Niña, Niño y Adolescente.
3. Las exigencias de probar que no ha tenido hijos propios, poseer conducta moral intachable, ser delgada, poseer una figura armoniosa, ser bonita de rostro y simpática de trato y tener una estatura mínima de 1.68 m (sin tacos) proyectan la cosificación de la mujer, a través de patrones socioculturales y estereotipos de género que únicamente refuerzan la concepción del cuerpo de la mujer como objeto.
4. El Sepmud, en el marco de la Ley 348 para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia ve violencia mediática por la difusión de mensajes e imágenes estereotipadas, que promueven la sumisión y/o explotación de las mujeres.
“Es tarea de todos destruir estereotipos que alimentan las relaciones de poder que generan sumisión”, dice su comunicado.
5. El requisito de “haber nacido mujer”, explica, vulnera el derecho a la identidad de género e inclusive ocasiona discriminación de acuerdo con lo establecido en el parágrafo II del Artículo 14 de la Constitución Política del Estado, que señala: “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género”.
La Defensoría del Pueblo exhortó a las autoridades nacionales y departamentales de Santa Cruz regular y sancionar las convocatorias a los concursos de belleza o análogos conforme a la normativa de protección a las mujeres y niñas, a objeto de evitar toda forma de violencia simbólica, que pueda afectar los derechos de las mujeres, y que generen escenarios de discriminación.
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